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28/11/08

Diputados igualan derechos a trabajadoras domésticas

La diputada Elizabeth Fonseca (PAC) anunció satisfecha ayer en el plenario que tras 17 años de espera, los diputados de la Comisión Plena Tercera aprobaron en primer debate, y de manera unánime, una reforma para que las empleadas domésticas tengan los mismos derechos garantizados para todos en el Código de Trabajo.

 

La legisladora Elizabeth Fonseca (PAC) destacó el acto de justicia social con las trabajadoras.

Las trabajadoras domésticas estuvieron excluidas del Código de Trabajo desde que fue promulgado y desde entonces han tenido jornadas desiguales con pagas desiguales, en relación con los demás trabajadores del país, resaltó la legisladora Ana Helena Chacón (PUSC).

El proyecto de reforma al capítulo III del Código de Trabajo, Ley de Trabajo Doméstico Remunerado, recibió primer debate con el apoyo de todos los diputados presentes en la Plena Tercera.

Nuevas garantías

Actualmente, las empleadas domésticas tienen un menor salario al mínimo establecido por ley, jornada de 12 horas, exclusión del seguro de riesgos de trabajo y de un sistema de pensiones.

Con la reforma aprobada, los empleadores deberán firmar un contrato con las condiciones de trabajo, incluyéndose el pago del seguro social a una semana después de haber iniciar labores, pago de un seguro de riesgos de trabajo y cotizar en un régimen de pensiones. Además, percibirán un salario en efectivo, que deberá corresponder al salario mínimo establecido por el Consejo Nacional de Salarios.

Las empleadas recibirán alojamiento y alimentación adecuados. Estarán sujetas a una jornada ordinaria no mayor de 8 horas diarias y de 6 horas en la noche, con una jornada semanal que no exceda de 48 horas. Cualquier tiempo laborado fuera de este rango, deberá pagarse como hora extra.

La reforma prohíbe contratar personas menores de 15 años de edad para el desempeño del trabajo doméstico, conforme lo establecido en el Código de la Niñez y la Adolescencia, la Convención sobre los Derechos del Niño y la OIT.


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